Vender una vivienda usada en pleno coronavirus

La crísis sanitaria, y las medidas de confinamiento hacen aún mas difícil la venta de inmuebles, las nuevas herramientas nos permiten continuar con la actividad

Vender un piso por si ya estaba bastante complicado, un mercado saturado, reducción de salarios, endurecimiento de condiciones en hipotecas, ya hacen muy complicado la compra y en consecuencia la venta. A esto le añadimos el problema del confinamiento, es decir ¿como vendemos ahora que no podemos ni salir de casa?

Y como todos sabemos la única forma de formalizar la venta es con la visita física al inmueble, nadie gastara 120.ooo€, en un inmueble que no pueda visitar. Asi que ¿Como se hace?

Las grandes inmobiliarias ya se han puesto las pilas, la idea es clara, si la no puedes visitar el piso, te llevaremos la visita. Es decir si ahora la mayor parte de las busquedas de pisos (y casi que de cualquier cosa), se hace a traves de internet, a traves de los portales de vivienda, ahora se actualizan en mejorar las visitas virtuales.

Recomendaciones para la venta sin salir de casa

  • Gira virtuales, básicamente de 2 formas, crear videos con los recorridos y la explicación del inmueble o bien a través de las fotos y aplicaciones 3d (esto requiere de una cámara especial o de una cámara normal y un montón de paciencia para unir las formando panorámicas de 360º
  • Video conferencia, el vendedor o el agente es quien se desplaza al inmueble y a a través de cualquier aplicación que ofrezca video conferencia (generalmente whatsapp), se realiza la visita del inmueble

Otra buena opción es tener infografías o simulación en 3d, en especial si lo que queremos vender es inmueble en construcción, existen muchas aplicaciones para esto en el mercado desde aplicaciones gratuitas como Google SketchUp, blender, etc,

Básicamente lo que indican los expertos es que hay que adaptase al sistema, y utilizar al máximo de telecomunicaciones para volver a retomar la actividad.

Medidas excepcionales del gobierno en la vivienda

Medidas excepcionales decretadas por el Gobierno para paliar las pedidas motivadas por el convid19, en materia de vivienda.

El pasado 17 y 31 de marzo el Gobierno aprobó una serie de medidas para hacer frente al confinamiento provocado por el virus covid19, con estas medidas pretenden proteger a quienes padecen dificultades para atender el pago de hipotecas o alquileres.

En relación a la compra de vivienda habitual se establece una moratoria para la devolución de los préstamos hipotecarios. En el plazo de 15 días se puede solicitar a la entidad la suspensión del pago del préstamo o crédito, tanto de la cuota principal como de los intereses. Se puede retrasar o congelar durante al menos 3 meses las obligaciones de pago para la adquisición de la vivienda.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

  1. Estar en situación de desempleo, o en caso de ser empresario o profesional sufrir una sustancial pérdida de ingresos o caída de ventas (al menos del 40%).
  2. Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria, tres veces el IPREM ( 537,84 €).
  3. Que la cuota hipotecaria, más los gastos y suministros básicos de la vivienda (agua, luz, gastos comunidad, teléfono y gas), sea superior o igual al 35% de los ingresos netos.
  4. Que la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3.

Con respecto al alquiler de vivienda habitual las medidas adoptadas están asimismo orientadas a los colectivos más vulnerables:

  1. Suspensión de los desahucios para los arrendatarios que acrediten ante el Juzgado encontrarse en una situación de vulnerabilidad social.
  2. Posibilidad de prórroga extraordinaria de seis meses para los contratos de arrendamiento con vencimiento entre el 31 de marzo y el 9 de junio 2020
  3. Cuando el propietario sea empresa pública o gran tenedor (más de 8 inmuebles urbanos o más de 1500 m2), a falta de pacto entre las partes antes del 31 de abril, el arrendador deberá escoger entre reducir un 50% el importe del alquiler, o retrasar el pago de la renta fraccionándolo durante 3 años sin intereses, siendo en ambos casos el importe máximo de cuatro mensualidades de renta.
  4. Línea de avales para que las entidades bancarias puedan ofrecer ayudas de financiación para el pago del alquiler de hasta seis mensualidades, con un plazo de devolución de hasta seis años, sin gastos e intereses para el solicitante.
  5. Concesión de ayudas al alquiler, mediante adjudicación directa, a las personas físicas arrendatarias de vivienda habitual por importe de hasta 900 euros al mes, y de hasta el 100% de la renta, o del principal e intereses del préstamo para el pago del alquiler.

Como afectará el convid al PIB

España es un país cuyo PIB se basa en gran medida en los ingresos provenientes por el turismo.

Uno de los principales sectores afectara a España la pandemia del covid, es al sector turístico, se calcula que puede haber una caída del 20 al 30% del PIB

España, segundo destino mundial en 2019 con más de 83 millones de visitantes, con gasto realizado por los turistas extranjeros del 6% en relación al PIB. Este es un porcentaje promedio ya que el regiones com Baleares o las canarias llego al 40%.

Aunque el verano aún esta lejos es de suponer que aunque no exista un confinamiento como el actual, las medidas de precaución impidan el transcurso de la temporada con normalidad.